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Contenedor Obra : Instalación de Contenedor de Obra en Madrid y Permiso

Contenedor Obra : Instalación de Contenedor de Obra en Madrid y Permiso

 

Contenedor obra : instalación de contenedor de obra en Madrid y Permiso/Licencia del Ayuntamiento para ocupar la vía pública durante 5 días.

 

La instalación de contenedores de obra en Madrid o sacos de residuos de construcción y demolición (RCD) procedentes de toda clase de obras y reformas en Madrid llevadas a cabo por parte de una empresa o particular se realizará mediante comunicación hasta 48 horas antes de la misma.

 

Los contenedores de obra sólo podrán instalarse en aceras de ancho superior a 3,50 metros.

 

Para la tramitación del contenedor de obra deberá:

 

En el caso de que el contenedor ocupe zona de estacionamiento autorizado (en línea o batería), comunicarlo con un mínimo de 2 días hábiles de antelación a la fecha prevista para la instalación del contenedor.

 

Si el contenedor se sitúa en acera o zona especial de estacionamiento, se debe solicitar con un mínimo de 15 días hábiles de antelación a la fecha prevista para la instalación.

 

En Madrid capital, si la vía dispone de zona de estacionamiento autorizado, no se autorizará la instalación del contenedor en zona especial.

 

Tanto la comunicación como la solicitud de instalación de contenedores de obra y/o sacos de RCD no supone una reserva del espacio en la vía pública , debiendo proceder según establece la Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos.

 

Las operaciones específicas de cambio o sustitución de contenedores de obra y/o sacos de RCD llenos por otros vacíos solo podrán realizarse en días laborables entre las 8 y las 22 horas (de lunes a viernes) y entre las 9 y las 21 horas (los sábados)

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